jueves, 21 de julio de 2011

La EPE deberá aprender la lección

El Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 18ªNominación de Rosario hizo lugar al Recurso de Amparo interpuesto por una jubilada de más de 70 años. La empresa había interrumpido el servicio y retirado el medidor dejando a la usuaria sin el suministro eléctrico durante seis meses.


La Sra. María Franco recurrió a la Unión de Usuarios y Consumidores en busca de una solución ante la falta de respuestas a sus reclamos. Se le reclamaba una supuesta deuda del año 2002, cuando el medidor de luz dejó de funcionar debido a un hormiguero. La misma usuaria había informado a la empresa el desperfecto, sin imaginar que luego de 8 años la empresa imputaría a ella el error y la intimara a pagar bajo amenaza de corte.

Así fue, que en febrero de 2010 una cuadrilla concurrió a su domicilio y procedió a retirar el medidor dejando a la jubilada sin otro remedio que acudir a la justicia para hacer valer sus derechos.

La sentencia cuestiona el actuar de la empresa demandada y contempla "la circunstancia de haberle sido imposible a la accionante defenderse y ser escuchada". Concluye diciendo que, a pesar de que el obrar de la EPE se fundamenta en lo normado por el Reglamento General para el Suministro y Comercialización del Servicio Eléctrico, se evidencia un accionar ilegal y arbitrario que deja desprovista a la usuaria sin atender las particularidades circunstancias del caso. Por todo ello, se resuelve: "Hacer lugar a la acción de amapro intentada ordenando a la EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGÍA a mantener el servicio eléctrico en el domicilio en cuestión".

Nota: http://www.rosario3.com/noticias.aspx?idNot=94891

3 comentarios:

Anónimo dijo...

Hola, les cuento que he recibido un reclamo de la EPE por $ 6777 más recargos y gastos administrativos, a pagar en tres días o se producirá un corte del servicio. Mediante una notificación y una llamada telefónica aseguran que mi padre Cesáreo Martínez, antíguo dueño de la casa en la que habito, firmó en el año 2005 una nota de débito por el valor antes mencionado (el cual no se de que se trata ya que tengo todas las boletas pagas). Mi padre falleció hace 16 años, por lo tanto jamás pudo haber firmado ese documento.
Saludos

Anónimo dijo...

excelente esta nota, y excelente esta acción de amparo

Anónimo dijo...

Me sumo a los comentarios anteriores, la nota es excelente y el blog tambien lo es. Muy pero muy util para no depender de contratar a un abogado defensa del consumidor para poder defender nuestros derechos como consumidores. Muchas gracias por el blog y espero que sigan adelante!